COLEGIO DE OBSTETRAS DEL PERU



Institución que agrupa a profesionales en la rama de la obstetricia, con el objetivo de promover y regular el ejercicio de la profesión en el marco de la Ética y la Deontologí­a, establecido en el perfil profesional basado en competencias. Propiciando el desarrollo integral y el rol social de sus Colegiados, con políticas públicas enfatizadas en la salud sexual y reproductiva de la mujer, familia y comunidad.
Colegio de Obstetras del Perú - COP


Dirección:        Av. Parque José de San Martín 127, Pueblo Libre
                          Lima - Perú

Teléfono:         (01) 262-9242

Web:                 www.colegiodeobstetrasdelperu.org

E-Mail:              obstetra.profesion.medica@colegiodeobstetrasdelperu.org  

Facebook:        www.facebook.com/pages/Colegio-de-Obstetras-del-Per%C3%BA-
                           Consejo-Nacional/132165996807572


RESEÑA

El Colegio de Obstetrices del Perú, hoy Colegio de Obstetras del Perú, se constituyó el 15 de julio de 1975, mediante el Decreto Ley Nº 21210, como entidad autónoma y representativa de los profesionales de obstetricia en todo el territorio, con personerí­a jurí­dica y sede en la ciudad de Lima; se estableció la colegiación como requisito indispensable para el ejercicio de la profesión y la primera decana fue la Obstetriz Consuelo Montoya de Solar.

Desde 1980, se reconoce a los profesionales de las ciencias médicas: Médico Veterinario y Obstetriz, nuevos niveles remunerativos que garanticen la lí­nea de Carrera, en un proceso de recategorización. En el año 1981, se reconoce a la profesión de Obstetricia como profesión médica, indicando que los profesionales que ejercer la profesión disfrutarán de los mismos derechos que la legislación y demás disposiciones otorgan a la profesión médica.

El Ministerio de Salud, en el año 1985, aprueba la Directiva No 088-85-DVM sobre Lineamientos Generales en la Atención Obstétrica en los Establecimientos de Salud y señala las responsabilidades profesionales.

El Ministerio de Salud, en el año 1988, reconociendo la vigencia de la Ley Nº 23346, señala la definición de la carrera, estructura de cargo y funciones.

El Ministerio de Salud, en el año 1991, reitera el cumplimiento, en todos los establecimientos del Sector Salud, del perfil ocupacional de los profesionales Obstetras a que se refiere la R.M. No 202-88- A/DM y la RM. No 371-85-DM.

El Estado en el 1997, promulga la Ley General de Salud. El Estado en el 2002, promulga la Ley del Trabajo del Obstetra.

El Estado en el 2003, promulga el Reglamento de la Ley del Trabajo del Obstetra. El COP en el 2005, actualiza del Perfil Profesional del Obstetra adecuándolo en base a competencias. Actualmente se halla concordado.

El COP en el 2005, aprueba el Sistema Nacional de Desarrollo Profesional (SINADEPRO). Actualmente se halla concordado.

El Estado Peruano, mediante Ley Nº 28686, en el 2006, determinó que el Perfil Profesional del Obstetra, será actualizado periódicamente por la institución representativa de la profesión de Obstetricia.


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